FAQ: Preguntas y respuestas sobre el cobro de dividendos
La bolsa española es un auténtico maná de dividendos y la mejor temporada todavía está por llegar. La mayoría de los dividendos que abonan las empresas nacionales se concentran entre junio y julio. Pero no todo el mundo tiene claro los conceptos relacionados con el cobro de dividendos. Si quieres darle una rentabilidad a tus ahorros mediante la inversión por dividendos presta mucha atención.
1. Definición de dividendo
Un dividendo es la parte del beneficio de una empresa que se reparte entre los accionistas de la misma. Es una forma de premiar la fidelidad de los inversores y hacerles partícipes de los excedentes de caja. No todas las compañías pagan dividendos, con el balance en positivo algunas prefieren amortizar la deuda o realizar inversiones estratégicas en aras del crecimiento del negocio.
2. ¿Quién decide cuánto, cuándo y cómo se paga?
El Consejo de Administración es el encargado de proponer la política de retribución al accionista, dicha propuesta debe someterse a la aprobación de la Junta General de Accionistas. El importe del mismo, el calendario de abono y la forma de pago también es anunciado en Junta. Hay empresas que reparten un sólo dividendo al cabo del año, mientras que otras pagan dos veces, de forma trimestral o incluso algunas pocas cada mes. Cobrar mensualmente es una gozada, es como tener una nómina pero sin tener que trabajar, solamente poner tu dinero a trabajar por ti.
3. ¿Cuáles son las fases en los pagos?
La aprobación y pago de un dividendo pasa por cuatro fases. Primero tenemos la fecha de declaración en la que se comunica la aprobación del dividendo. Luego, se marca la fecha ex dividendo, a partir de la cual la acción cotiza sin el derecho a percibir esta remuneración (en ese momento la cotización se ve modificada por el futuro descuento). Si compraste acciones antes de la fecha ex dividendo podrás cobrar una vez se proceda a la fecha de registro de todos los accionistas con derecho de cobro. Finalmente, la fecha de pago corresponde al día en que se remunera a los accionistas.
4. ¿Puede destinar todo el beneficio al dividendo?
No salvo algunas excepciones. Por lo general las empresas deben guardar una reserva del 10% del beneficio hasta que esta dotación alcance el 20% del capital social de la compañía, según la ley española. La parte del beneficio de una sociedad que se distribuye como dividendo se conoce como pay-out.
5. ¿Quién tiene derecho a cobrar?
Todos los inversores que sean accionistas un día antes de que se reparta el dividendo. Sin embargo, en algunas compañías existe un requisito de permanencia en el capital de la empresa que puede ser de varios días antes de la lluvia de dinero, léase pago de los dividendos.
6. ¿Qué tipo de dividendos hay?
Dos tipos: ordinarios y extraordinarios. Los primeros se reparten en base a los beneficios obtenidos por una empresa en un ejercicio concreto y pueden ser a cuenta (sobre las estimaciones de beneficio de la compañía) o complementarios. Mientras que los extraordinarios no están vinculados a ningún resultado anual ni tiene intención de mantenerse en un futuro, normalmente es por alguna desinversión o venta de activos.
7. ¿Debo tener un mínimo de acciones?
En absoluto, solamente con una única acción en cartera ya tienes derecho a cobrar dividendo. Ahora bien, en ese caso no esperes gran cosa 😉
8. ¿Qué es la rentabilidad por dividendo?
Es el porcentaje que un accionista cobra por dividendos por cada euro invertido. Se trata de un porcentaje que surge de la proporción entre el dividendo esperado por acción (DPA) y el precio. Dicha rentabilidad se puede comprar con otros productos como cuentas, depósitos o deuda del Estado.
9 ¿Qué es el scrip dividend?
No es una fórmula que de grandes alegrías a los inversores, más bien todo lo contrario. Pero en los últimos años se ha puesto de moda. Básicamente consiste en ofrecer a los accionistas la posibilidad de elegir entre cobrar en dinero en efectivo o en acciones. La emisión de estos títulos se realiza mediante una ampliación de capital liberada que supone la emisión de derechos de suscripción preferente para los accionistas. Al final, se trata de una manera por la que la empresa no recurre a su caja para retribuir a sus accionistas.
10. ¿Que sucede si no comunico mi elección?
Por defecto la compañía entenderá que desea cobrar su dividendo en acciones, que es lo que le interesa a ella. Si quieres recibirlo en efectivo tendrás que dirigirse a la empresa y comunicarlo. Algunas remiten una carta a sus accionistas que puede ser reenviada por correo postal con tu decisión, un procedimiento poco efectivo a todas luces y muy rudimentario.
11. ¿Es mejor cobrar en efectivo o acciones?
La respuesta es depende. Una fórmula no es mejor que la otra. Si crees que el valor todavía tiene recorrido al alza o igualmente con el efectivo ibas a reinvertir, cobrar en acciones es la mejor idea. De lo contrario es siempre mejor efectivo. Ahora bien, con el scrip hay que tener en cuenta el efecto dilución que conlleva la ampliación de capital. De modo que si decides recibir el pago en efectivo tu porcentaje como propietario de la empresa se verá reducido. Esto sucede por que aumenta el número de acciones en circulación y tu sigues teniendo las mismas al no acudir a la ampliación.
12. ¿Qué hacer con mis derechos de suscripción?
Dado que el pago del dividendo en acciones se realiza mediante una ampliación de capital, los accionistas perciben derechos de suscripción preferente. Estos derechos cotizan en el mercado para que se puedan comprar o vender. Los que deciden acudir a la ampliación pueden utilizarlos para comprar nuevos títulos en la proporción que les corresponda o comprar adicionales a otro accionista para hacerte con un mayor número de acciones. Mientras que los que no quieran acudir pueden venderlos a la propia compañía, que los comprará una vez finalizado el periodo de suscripción o a otros inversores al precio al que estén cotizando en el mercado.
13. ¿Qué impuestos debo pagar por los dividendos?
Desde el pasado 1 de enero, se debe tributar desde el primer euro recibido por los dividendos por los mismos tramos impositivos que se aplican a los productos de ahorro. Esto es al 20% los importes devengados hasta 6.000 euros, al 22% para cuantías entre 6.000 y 24.000 euros y al 24% para intereses superiores a 24.000 euros. En caso de que elija cobrar en acciones, el pago de impuestos que pospuesto hasta que la venda de las acciones. Puedes consultar más información sobre fiscalidad en esta entrada.
14. ¿Qué pasa si el beneficio se reduce?
El gran miedo de todo inversor por dividendos. Lo más habitual es que se suprima o reduzca dicha retribución. Pero no siempre sucede lo peor, muchas veces las empresas recurren a las reservas de libre disposición que provienen de los beneficios generados a lo largo de los años anteriores para seguir manteniendo el dividendo y contentos a los accionistas. Es muy importante invertir en empresas que ofrezcan un dividendo sostenible.
15. ¿España es activa en el reparto de dividendos?
Personalmente me gusta más la política que se mantiene en Estados Unidos en materia de dividendos. Pero no nos podemos quejar porque tradicionalmente la bolsa española ha sido una de las más generosas a la hora de repartir sus beneficios con sus accionistas. Se espera que este año 2025 las compañías repartan casi 25.000 millones de euros en dividendos, cantidad que sitúa la rentabilidad por dividendo por encima del 5 por ciento de media, la más alta de los principales índices europeos. Olé, olé y olé.